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SERUMSSERUMS 2023 - I

Disponen fechas de Inicio y Término del SERUMS 2023 – I

Disponen fechas de inicio y término del SERUMS 2023 - I, modifican el Reglamento de la Ley Nº 23330, Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud - SERUMS, y dictan otras disposiciones

RESOLUCIóN MINISTERIAL Nº 443-2023/MINSA de fecha 9 de mayo del 2023
Modifican la R.M. N° 369-2023/MINSA, en lo relativo a fechas de inicio y de término del SERUMS 2023-I
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 369-2023/MINSA Modifíquese el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 369-2023/MINSA, el cual quedara redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1.- Inicio y término del SERUMS 2023-I Dispóngase como fecha de inicio del SERUMS 2023-I el 12 de junio de 2023 y fecha de término el 30 de abril de 2024.

Según Resolución Ministerial Nº 369-2023/MINSA se dispone fechas de inicio y término del SERUMS 2023 – I, modifican el Reglamento de la Ley Nº 23330, Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud – SERUMS, y dictan otras disposiciones.

SE RESUELVE:
Artículo 1.- Inicio y término del SERUMS 2023-I (Modificado por RM Nº 443-2023/MINSA)
Dispóngase como fecha de inicio del SERUMS 2023-I el 12 de junio de 2023 y fecha de término el 30 de abril de 2024.

Artículo 2.- Postulación al proceso de adjudicación de plazas SERUMS 2023-I
De manera excepcional, debido al Estado de Emergencia Sanitario a causa de la COVID-19, el postulante que haya rendido el examen nacional de la carrera profesional correspondiente y no cumpla con el requisito establecido en el literal c) del artículo 23 del Reglamento de la Ley del SERUMS, podrá inscribirse y participar de la adjudicación de plazas SERUMS remuneradas y/o equivalentes, en estricto orden de mérito. La metodología para el desarrollo de la adjudicación de plazas, será aprobada por el Comité Central del SERUMS

Artículo 3.- Modificación del Reglamento de la Ley Nº 23330, Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud – SERUMS
Modifíquense los artículos 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 37, 41, 42 y 47, del reglamento de la Ley N° 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-97-SA, los cuales quedaran redactados de la siguiente manera:

“Artículo 24.- Los profesionales de la salud nacionales o extranjeros titulados en una universidad peruana, se inscriben al proceso de adjudicación de plazas SERUMS según la DIRESA, GERESA o DIRIS donde se ubica el rectorado de la universidad donde se tituló.

Los profesionales de la salud nacionales o extranjeros titulados en una universidad extranjera, se inscribirán al proceso de adjudicación de plazas SERUMS según la DIRESA, GERESA o DIRIS, donde se ubica el rectorado de la universidad donde convalidó su título; si el título lo convalidó directamente en la SUNEDU, su inscripción la realiza en la DIRIS Lima Sur.”

“Artículo 25.- El postulante, al momento de la inscripción deberá presentar los siguientes requisitos:

a) Constancia del promedio ponderado promocional, emitido por la Universidad donde realizó sus estudios, la cual debe contener la nota del internado. Este requisito es exigible para las profesiones que cuenten con examen nacional de la carrera profesional.

b) Informe médico especializado, que exponga los riesgos para la salud durante el desarrollo del servicio, para las profesionales de la salud que se encuentren en periodo de gestación.

c) Copia de DNI del menor y una declaración jurada simple certificando la supervivencia del menor, para las profesionales de la salud con hijo menor de un año.

d) Certificación otorgada por el Consejo Nacional para la Integración de Persona con Discapacidad – CONADIS, para los profesionales de la salud con discapacidad.

Las postulantes que se encuentren en periodo de gestación, las madres con hijo menor de un año y las personas con discapacidad, pueden inscribirse al SERUMS, modalidad remunerada, como “Caso Especial”.”

“Artículo 26.- La adjudicación de plazas SERUMS se realiza por:
Orden de Mérito, para las profesiones de la salud que cuenten con examen nacional de la carrera profesional.
Sorteo, para las profesiones de la salud que no cuenten con examen nacional de la carrera profesional.
Los instrumentos de la Etapa de Adjudicación de Plazas SERUMS son los siguientes:
– Instructivo.
– Cronograma.
– Relación de profesionales aptos para la adjudicación de plazas SERUMS.
– Los equipos humanos para la adjudicación de plazas.
– Los equipos tecnológicos para la adjudicación de plazas

Para los profesionales de la salud aptos como Caso Especial, se otorgará hasta un 10% de las plazas ofertadas, teniendo en cuenta la región, institución, la profesión y el grado de dificultad de las plazas SERUMS.

Para adjudicar una plaza ofertada por las Sanidades de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, el postulante debe ser peruano de nacimiento o tener la nacionalidad peruana.

El Comité Central SERUMS, establece la metodología y el desarrollo de la adjudicación de plazas, el cual deberá estar establecido en el instructivo para cada proceso SERUMS.”

“Artículo 27.- El Comité Central SERUMS realizará las siguientes acciones:
– Establecer, para cada proceso, las sedes de adjudicación de plazas SERUMS remuneradas y equivalentes.
– Revisar, aprobar y publicar a nivel nacional, la oferta de plazas SERUMS, remitida por las instituciones ofertantes de plazas SERUMS.
– Elaborar, aprobar y publicar, a nivel nacional, el instructivo del proceso SERUMS y su respectivo cronograma.
– Consolidar y publicar el listado de profesionales aptos para la etapa de adjudicación de plazas SERUMS.”

“Artículo 28.- Los Comités Regionales, Sub Regionales y de Régimen Especial SERUMS, en coordinación con las DIRESA/GERESA/DIRIS, las Sanidades de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, el Seguro Social de Salud – EsSalud y las instituciones con convenio vigente, deberán realizar, según corresponda, las siguientes acciones:

Aprobar y remitir al Comité Central SERUMS la oferta de plazas remuneradas y equivalentes, de acuerdo a los criterios de programación de plazas, aprobados por el Comité Central SERUMS.

Remitir al Comité Central SERUMS la certificación presupuestal de la oferta de plazas SERUMS remuneradas. La certificación presupuestal debe incluir los siguientes conceptos:

– Pago de valorización principal.
– Pago de valorización priorizada (Bono por Zona Alejada o de Frontera y Bono por Zona de Emergencia, según corresponda).
– Pago por guardias comunitarias.
– Pago por escolaridad.
– Pago del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo – SCTR (Póliza: Salud, y Póliza: Pensión).
– Pago del Seguro Social de Salud – EsSalud.
– Pago de Aguinaldo por navidad y fiestas patrias.
– Pago del Seguro Contra Accidentes Personales – SCAP.
– Pago de gastos de instalación (50% de la valorización principal más pasajes de ida y vuelta).”

“Artículo 29.- Los Comités Regionales, Sub Regionales y de Régimen Especial SERUMS en coordinación con las DIRESA/GERESA/DIRIS, deberán realizar las siguientes acciones:

a) Revisar, evaluar y observar, de ser el caso, los requisitos presentados por los profesionales inscritos al SERUMS.
b) Remitir al Comité Central del SERUMS el listado de profesionales aptos para la etapa de adjudicación de plazas SERUMS.
c) Elaborar y remitir al Comité Central del SERUMS, cuando corresponda, el programa de adjudicación de plazas SERUMS, el cual deberá estar enmarcado dentro de los plazos establecidos en el cronograma del proceso SERUMS correspondiente.”

“Artículo 30.- Al inicio de la adjudicación de plazas SERUMS, las DIRESAS/GEREAS/DIRIS consideradas como sede de adjudicación, en coordinación con su Comité Regional o Sub Regional SERUMS correspondiente, deberán realizar las siguientes acciones:

a) Realizar la adjudicación de plazas de los profesionales de la salud, por orden de mérito o sorteo, según corresponda.
b) Remitir al Comité Central SERUMS, en un plazo de tres (03) días hábiles, posteriores al término de la adjudicación de plazas, el listado final de profesionales de la salud que adjudicaron plaza SERUMS.”

“Artículo 31.- Las DIRESAS/GEREAS/DIRIS, deberán entregar a los profesionales de la salud que adjudicaron una plaza SERUMS, el día de inicio del SERUMS, un proveído en el cual se consigne los siguientes datos:

– Número de proveído.
– Número de proceso de Adjudicación.
– Nombre y apellido del profesional.
– Profesión.
– Sede de adjudicación.
– Tipo y número de documento de identidad.
– Datos de la plaza adjudicada.
– Fecha de inicio y término del servicio.
– Otros que se consideren pertinentes.

El proveído deberá estar firmado por el Director General de la DIRESA/GERESA/DIRIS o por el funcionario designado.”

“Artículo 33.- Los profesionales de la salud, para la firma de contrato, deberán presentar ante la DIRESA/GERESA/DIRIS, la siguiente documentación:

– Solicitud dirigida al Presidente del Comité Central, Comité Regional o Comité Subregional correspondiente.
– Copia simple del título profesional.
– Copia simple de diploma de colegiatura profesional.
– Constancia de habilidad profesional.
– Certificado de buena salud física y mental.
– Declaración jurada de no contar con antecedentes Penales, Judiciales y Policiales.
– Declaración jurada de inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos – REDAM.
– Declaración jurada de no percibir ingresos por parte del estado.
– Declaración jurada de no haber realizado el SERUMS con anterioridad.”

“Artículo 37.- Las Instituciones del Sector según corresponda, ejecutarán convenios con Instituciones para capacitación del personal.

Durante el tiempo de prestación del servicio, los profesionales de la Salud que realicen el SERUMS Remunerado, deben acreditar haber realizado un mínimo de dos (02) cursos de formación, dictados por la Escuela Nacional de Salud Pública (ENSAP); los profesionales de la salud que realicen el SERUMS Equivalente, acreditan un (01) curso.

El Comité Central SERUMS, de manera excepcional y por razones debidamente justificadas, puede autorizar a los profesionales de la salud, la realización de los cursos, luego de culminado el SERUMS.”

“Artículo 41.- El profesional de la salud elabora un Informe Final sobre las actividades realizadas durante el periodo de realización del SERUMS.

Los certificados de los cursos de formación dictados por la Escuela Nacional de Salud Pública – ENSAP, forman parte integrante del Informe Final.”

“Artículo 42.- Culminado el SERUMS, el Jefe del establecimiento de salud le otorga al profesional de la salud una certificación de no adeudar bienes al establecimiento, así como una certificación de término del servicio en la cual se consignen las horas de servicio realizadas.

Al finalizar el servicio, mediante Acto Resolutivo, emitido por la DIRESA/GERESA/DIRIS, se dará por culminado el SERUMS realizado por el profesional.

El informe final, la certificación de término de SERUMS y la certificación de no adeudar bienes al establecimiento, constituyen requisitos indispensables para la emisión de la Resolución de Término de SERUMS.

La Resolución de Término debe incluir el nombre completo, tipo y número de documento de identidad, profesión y número de colegiatura del profesional, número de proveído, proceso SERUMS en el cual adjudicó la plaza, modalidad del SERUMS, fecha de inicio y término del SERUMS; nombre del establecimiento de salud, distrito / provincia y departamento donde está ubicado, grado de dificultad del establecimiento de salud adjudicado, entre otros.”

“Artículo 47.- La Bonificación a otorgar, en los concursos para ocupar cargos asistenciales en las entidades públicas comprendidas en el artículo 4-A del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, se determinará tomando como referencia el total de puntos obtenidos de los factores de calificación utilizados en el concurso público de plazas para profesionales de la salud, al cual se sumará la bonificación porcentual adicional, de acuerdo al Grado de Dificultad del Establecimiento de Salud para realizar el SERUMS, señalado en la Resolución de Término de SERUMS, conforme la siguiente tabla:

GRADO DE DIFICULTAD 5: Bonifica con un 15% de puntaje sobre total de puntos
GRADO DE DIFICULTAD 4: Bonifica con un 10% de puntaje sobre total de puntos
GRADO DE DIFICULTAD 3: Bonifica con un 07% de puntaje sobre total de puntos
GRADO DE DIFICULTAD 2: Bonifica con un 03% de puntaje sobre total de puntos
GRADO DE DIFICULTAD 1: Bonifica con un 01% de puntaje sobre total de puntos

Esta disposición es aplicable a partir del proceso de adjudicación de plazas SERUMS 2023-I.

El Ministerio de Salud, mediante acto resolutivo, establece los criterios y la metodología para establecer los grados de dificultad en los establecimientos del primer y segundo nivel de atención a nivel nacional, los que serán reevaluados cada cinco (5) años.

El Ministerio de Salud, mediante acto resolutivo, modifica el listado de establecimientos de salud del primer y segundo nivel de atención y su grado de dificultad correspondiente.”

Artículo 4.- Sobre la realización del curso dictado por la ENSAP para los profesionales de la salud que adjudicaron plaza equivalente en la etapa complementaria del proceso SERUMS 2022-II.

Los profesionales de la salud que adjudicaron plaza equivalente en la etapa complementaria del Proceso SERUMS 2022-II y hayan convalidado el SERVICER como parte del SERUMS, teniendo como nueva fecha de término del SERUMS hasta el 28 de febrero de 2023, quedan exonerados de la presentación del certificado de realización del curso dictado por la Escuela Nacional de Salud Pública – ENSAP, para la obtención de su Resolución de Termino de SERUMS.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Importante: Si necesitas mayor información:
Llama al (01)3156600, anexos 5210 y 5220, de 8:30 a. m. a 12:45 p. m. y de 2:15 p. m. a 4:15 p. m., desde cualquier operador de telefonía fija o celular a nivel nacional, o envía un correo a:
- informes.serums@minsa.gob.pe - para información relacionada al proceso SERUMS.
- soporte.serums@minsa.gob.pe - para acceso e información relacionada a la plataforma de SERUMS.
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